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R.TNRCH. Nº 0726-2025-ANA

CUT: 86522-2025.

SOLICITANTES: Silvia Melo Huayapa y el Comité de usuarios de Agua Hanccoyo Umasuyo Alto Alto -Ayaviri.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de una resolución que otorgó la acreditación de disponibilidad hídrica cuando se ha cumplido con los requisitos y se ha determinado técnicamente que no existe afectación a derechos de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0725-2025-ANA

CUT: 85562-2025.

IMPUGNANTE: Francisco Javier Luna Arista y Henry Ponciano Cornejo Ruelas.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0724-2025-ANA

CUT: 137379-2025.

ADMINISTRADO: Minera Chinalco S.A.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Suspensión de acto administrativo.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial, se suspende provisionalmente los efectos de la Resolución Nº 393- 2019-ANA/TNRCH.

MARCO NORMATIVO: Artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo

SENTIDO: Suspensión de la resolución.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0723-2025-ANA

CUT: 98107-2022.

IMPUGNANTE: Minera Las Bambas S.A.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad de la licencia de uso de agua e improcedente la solicitud de formalización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

SENTIDO: Nulo de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0722-2025-ANA

CUT: 105141-2025.

IMPUGNANTE: Nicolas Félix Monge Grimaldi.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0721-2025-ANA

CUT: 96180-2025.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Matog.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente. 

Fecha de resolución: Viernes, 04 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0720-2025-ANA

CUT: 110987-2024.

SOLICITANTE: Industrial Andahuasi S.A.C.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0719-2025-ANA

CUT: 106515-2025.

SOLICITANTE: Elmer Guillermo García Ecos.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: En el procedimiento de extracción de material de acarreo iniciado antes las municipalidades, la Autoridad Nacional del Agua solo emita una opinión técnica, en tal sentido, no corresponde conocer quejas por defecto de tramitación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 1 de la Ley N° 28221.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0718-2025-ANA

CUT: 128822-2025.

SOLICITANTE: Rufino Poma de la Cruz.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una excesiva demora en elevar un expediente administrativo al Tribunal.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0717-2025-ANA

CUT: 133380-2024.

ADMINISTRADO: César Luis Callenes Palacios.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la constancia temporal emitida en virtud de un contrato de compraventa que, mediante sentencia penal condenatoria, se ha determinado que carece de veracidad.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del artículo 6) del Decreto Supremo N° 007-205-MINAGRI, artículo 4 de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 04 Julio 2025
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