R.D. N° 0502-2025-ANA-AAA.CHCH
Resumen
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador signado con CUT N° 125267-2024; seguido en contra de la empresa Sociedad Agrícola Coscalla Limitada S.A., con RUC N° 20518071387 por el hecho de hacer uso del recurso hídrico subterráneo del pozo tipo tubular con código IRHS-11-05-06-896; para fines agrícolas sin contar con el derecho de uso de agua emitido por la Autoridad Nacional del Agua, tipificado en el numeral 1 "Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso" del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) "Usar, represar o desviar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; con el agravante establecido en el numeral 1) del artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA, el cual ratifica la condición de veda de los acuíferos de Ica, Villacurí y Lanchas, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.